Tarifas
El servicio de taxis está presente por toda la ciudad. En las áreas más concurridas basta esperar a ver una unidad libre, con la luz en verde, para solicitar sus servicios alzando la mano. Otras opciones son acudir a cualquiera de las 42 paradas distribuidas por la capital o solicitar una unidad por teléfono.
– Bajada de Bandera
Diurna desde las 06:00 hasta las 22:00 horas | 2.95 euros |
Nocturna desde las 22:00 hasta las 06:00 horas | 3,65 euros |
En los días festivos entre las 06:00 y las 22:00 horas del día festivo | 3,65 euros |
En Navidad 24 y 31 de diciembre y 5 de enero de 06:00 a 22:00 horas | 3,65 euros |
En Navidad 25 de diciembre y 1 y 6 de enero de 09:00 a 22:00 horas | 4,30 euros |
– Kilómetro recorrido
Kilómetro recorrido entre las 06:00 y las 22:00 horas | 0.80 euros |
Kilómetro recorrido entre las 22:00 y las 06:00 horas | 0,85 euros |
– Hora de espera
Hora de espera entre las 06:00 y las 22:00 horas. | 16,00 euros |
Hora de espera entre las 22:00 y las 06:00 horas | 18,00 euros |
– Suplementos
Mínimo de percepción Nochebuena y Nochevieja con importes inferiores a 5,60€ en horario de 22:00 a 09:00 horas. | 6,20 euros |
Servicio a través de Radio-taxi | 0,50 euros |
Entradas y salidas del Muelle | 0,70 euros |
Suplemento por Bultos (cuando supere los 50kg de peso total) | 0,35 euros |
2 .- La bajada nocturna o, en su defecto, el suplemento de nocturnidad, será de aplicación desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas.
3 .- El suplemento de Festivo se aplica desde las 06:00 horas hasta las 22:00 horas en el festivo correspondiente.
4 .- Se deberá abonar un suplemento por bultos de 0,35 céntimos de euros que se aplicará una sola vez, sea cual sea el número de bultos y siempre que sus dimensiones o características impliquen la necesaria utilización de los portaequipajes del vehículo siempre que superen los 50 kilogramos de peso en su totalidad. Quedan exentos de este suplemento, sea su peso el que sea, los carritos portabebés y las sillas de ruedas o cualquier otro elemento necesario para la movilidad de las personas.
5 .- El importe mínimo de percepción de la carrera de Nochebuena y Nochevieja se aplicará, como única tarifa, en horario de 22:00 a 09:00 horas para aquellos recorridos cuya tarifa resultara inferior a ese importe.
6 .- El salto del taxímetro se efectuará de cinco en cinco centímetros de euro.
7 .- Estas tarifas, incluidos los suplementos son de aplicación para aquellas carreras que se inicien y finalicen dentro de la zona urbana que como tal defina el Ayuntamiento. En los demás casos son de aplicación las tarifas interurbanas.